Este Código Ético y de Conducta (en adelante, “Código”) tiene por objeto establecer las normas de conducta, ajustadas a estrictos criterios éticos y de legalidad, a las que deberán someterse tanto los órganos del partido Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (en adelante, CIUDADANOS o el partido) como sus colaboradores. En particular, el Código enumera tanto las obligaciones generales que asume el partido CIUDADANOS, como las específicas que vinculan a los colaboradores e, igualmente, regula los mecanismos y procedimientos de garantía de su cumplimiento.
El cumplimiento de lo dispuesto en el Código es una obligación que pesa sobre todos los sujetos que forman parte de su ámbito subjetivo en los términos del artículo 4.2 del mismo. El incumplimiento constituirá infracción tipificada en el régimen disciplinario del partido.
Ninguno de los sujetos a este Código podrá, independientemente de su cargo o posición, solicitar, requerir u ordenar actuaciones o comportamientos que lo contravengan. A su vez, ningún colaborador deberá cumplir solicitudes, requerimientos u órdenes contrarias al Código, ni podrá ampararse en aquéllas como justificación de ningún comportamiento que lo vulnere.
El objetivo de CIUDADANOS es alcanzar los más altos niveles de integridad y comportamiento ético de todas y cada una de las personas que lo constituyen. CIUDADANOS manifiesta una voluntad firme en garantizar que estos valores formen parte de su organización y funcionamiento como componentes imprescindibles de su cultura, por lo que están plenamente integrados en la conducta y la actitud de todas las personas que lo integran y trabajan en él.
Este Código establece un compromiso del partido con sus colaboradores y con la sociedad y, a su vez, las obligaciones de todos sus miembros de respetar y aplicar los valores y demás deberes en su comportamiento interno, así como en su relación con las terceras personas con las que el partido desarrolla su actividad.
Representar al conjunto de la sociedad para, mediante la gestión eficiente de los asuntos públicos y pensando en el interés general, posibilitar los cambios que contribuyan al progreso de los ciudadanos.
CIUDADANOS aspira a lograr una sociedad libre, justa, plural, abierta, solidaria, diversa, europeísta, defensora y respetuosa de las libertades individuales, que motive a la ciudadanía para trabajar en su implantación, mantenimiento y desarrollo.
Ciudadanos se define como un partido liberal, progresista, demócrata y constitucionalista. Reivindicamos una sociedad abierta, libre de ingeniería social, donde los poderes públicos se dediquen a garantizar las libertades y derechos de los ciudadanos mediante el cumplimiento de las leyes democráticas. Una sociedad de ciudadanos libres e iguales que dispongan de las herramientas suficientes para desarrollar su potencial y buscar su felicidad. Para nosotros, en la sociedad abierta del siglo XXI, la libertad y la igualdad constituyen valores esenciales indisociables.
En CIUDADANOS nos guiamos por los siguientes valores:
El Código es de aplicación al partido en su totalidad, a todos sus órganos y organismos, tanto funcionales como territoriales y, muy en particular, a sus grupos institucionales (municipales, autonómicos, etc.), sus agrupaciones, sus fundaciones y cualquier otra organización dependiente o vinculada, cualquiera que sea su sede o ámbito en España o en el extranjero. Igualmente, quedan sometidos a sus reglas todos los colaboradores en los términos que en el Código se establecen.
Están sometidas al Código todas las personas que están comprometidas, en los términos especificados en los Estatutos del partido, con el desarrollo de las actividades de CIUDADANOS y, en particular:
En adelante, todos ellos “colaboradores”.
Todos los colaboradores, y en especial aquéllos que sean responsables de otros cargos o empleados, pondrán los medios a su alcance para cumplir y hacer cumplir el presente Código, liderando con su propio ejemplo diario las conductas de ética y de integridad.
Los cargos electos y los designados en asociaciones, sociedades y otras entidades no participadas o controladas por el partido, observarán el Código en el ejercicio de sus funciones en la medida en que sea compatible con las propias normas de la asociación, sociedad o entidad, promoviendo, en todo caso, su cumplimiento.
El Código debe ser respetado por todos los colaboradores del partido en cualquier territorio o jurisdicción en la que operen en el ejercicio de las actividades sociales o representación del partido, y siempre con el más riguroso respeto a la normativa jurídica vigente, tanto la interna, como la legislación española y la local, aplicando, en caso de conflicto, la más restrictiva.
El Partido y sus colaboradores asumen los siguientes compromisos:
En CIUDADANOS estamos comprometidos con el cumplimiento estricto de la legislación vigente, atendiendo al espíritu y a la finalidad de las normas del lugar en el que actuamos.
Los colaboradores podrán resolver cualquier duda sobre la legislación aplicable y su interpretación a través del Canal Ético, a fin de que ningún colaborador pueda ampararse en el desconocimiento para incumplir lo preceptuado en este Código. Asimismo dicho Canal será el instrumento para formular cualquier denuncia sobre el incumplimiento de este Código según lo establecido en el apartado 8.
CIUDADANOS mantiene un compromiso de tolerancia cero con la comisión de cualquier tipo de delito o infracción en el seno o en nombre del partido, así como sirviéndose de sus medios o activos.
CIUDADANOS se compromete a:
CIUDADANOS se compromete a respetar y a promover el respeto a los derechos fundamentales como base moral, ideológica, política y jurídica de su proyecto político. Y, más concretamente, a:
Para CIUDADANOS la libertad y la igualdad constituyen, en la sociedad abierta del siglo XXI, valores esenciales e indisociables, y a tal fin el partido se compromete a:
La prevención de riesgos laborales y la seguridad en el trabajo son cuestiones básicas y esenciales para CIUDADANOS que, en aras a que sus colaboradores puedan desempeñar su actividad profesional de la mejor forma posible, se compromete a:
En CIUDADANOS, conscientes de la importancia para el desarrollo integral de las personas y de las políticas que faciliten el equilibrio entre la vida profesional, familiar y personal, se impulsarán las medidas necesarias que propicien un ambiente de trabajo compatible con las responsabilidades y necesidades familiares de cada uno.
CIUDADANOS está comprometido con la sostenibilidad ambiental y, en particular, con la preservación de los recursos naturales y del medio ambiente, por lo que asume, en el desarrollo de sus actividades, las exigencias de la compra de bienes y servicios sostenibles, la minimización de la generación de residuos y la contaminación, así como fomentar el ahorro de energía y el consumo de la que procede de fuentes renovables.
CIUDADANOS, transmitirá estos compromisos tantos a sus proveedores como a las Administraciones públicas y demás entidades en las que cuente con cargos que desempeñen funciones, exigiéndoles el respeto a la legislación vigente, así como la implantación de sistemas y procedimientos adecuados de gestión ambiental.
Un conflicto de intereses es aquella situación en la que los intereses personales de un colaborador colisionan con los intereses del partido, de modo que interfiere u obstaculiza el cumplimiento de sus deberes o responsabilidades según la normativa del partido y, en particular, este Código. Existirá interés personal del colaborador cuando el asunto le afecte a él o a una persona vinculada.
Se considera persona vinculada a su cónyuge o cualquier persona con análoga relación de afectividad, ascendientes, descendientes y hermanos del colaborador o cónyuge, los cónyuges de los ascendientes, descendientes y de los hermanos del colaborador, las personas jurídicas en las que el colaborador o las personas señaladas anteriormente ejerzan un cargo de control de los establecidos en la Ley, o las sociedades o entidades en las que el colaborador o cualquier persona vincula a él, por sí o por persona interpuesta, ejerzan un cargo de administración o dirección o de las que perciban emolumentos por cualquier causa, siempre que, además, ejerzan directa o indirectamente, una influencia significativa en las decisiones financieras y operativas de dichas sociedades o entidades.
En CIUDADANOS exigimos a todos nuestros colaboradores evitar toda situación que pudiera dar lugar a un conflicto de intereses, absteniéndose de intervenir en la toma de decisiones o en la adopción de acuerdos cuando pudiera existir, directa o indirectamente, un interés personal en los términos de los anteriores apartados. La prevención y gestión de los conflictos de intereses se desarrollará en una Política.
Cualquier cargo orgánico o colaborador, contratado laboralmente o liberado por el partido, sólo podrá acceder a un puesto de libre designación en la administración pública o en empresa pública dependiente, previa renuncia voluntaria a su puesto de trabajo en el partido, salvo que el Comité Ejecutivo considere razonadamente que ambos cargos son compatibles y habilite la excepción.
La corrupción socava los valores de la democracia y la moral, y con ello la convivencia, además de comprometer el desarrollo político y social del país.
CIUDADANOS no es ajeno a la alarma que suscita la corrupción que afecta a los partidos políticos y al fraude en la adjudicación de contratos y subvenciones públicas; es una de las principales preocupaciones de la sociedad española. En consecuencia:
Cualquier colaborador que, aún sin acusación formal, fuese objeto de investigación judicial por su eventual responsabilidad en el asunto, tratándose de un delito de corrupción, prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y cualquier otro comprendido en el título XIX del Código Penal, deberá poner su cargo, y en su caso el acta, a disposición del Comité Ejecutivo.
En el supuesto de que el colaborador no ponga a disposición el acta, el Comité Ejecutivo lo pondrá en conocimiento del Gabinete de Cumplimiento que, a su vez, en el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas y mediante el informe preceptivo, lo notificará a la Comisión de Garantías y Valores o a la Comisión de Régimen Disciplinario, según corresponda, en función de sus competencias, que adoptarán la resolución pertinente.
En el caso en el que el colaborador no renuncie al cargo, a pesar de la decisión del Comité Ejecutivo, el Gabinete de Cumplimiento, en ejercicio de las funciones que tiene atribuidas, comunicará los hechos, junto con la no renuncia, a la Comisión de Garantías y Valores o a la Comisión de Régimen Disciplinario, según corresponda en función de sus competencias, que tomará la decisión adecuada a las normas estatutarias y de régimen disciplinario del Partido.
El plazo para la puesta a disposición del acta ante el Comité Ejecutivo, así como la renuncia al cargo, referidos en los anteriores puntos, será de 7 días, a contar desde la notificación al cargo del acuerdo adoptado por el Comité Ejecutivo.
Cualquier colaborador de CIUDADANOS que tenga conocimiento o información de cualquier delito deberá colaborar con la Administración de Justicia para el esclarecimiento de los hechos.
Se prohíbe expresamente a los cargos públicos u orgánicos de CIUDADANOS la aceptación de cualquier regalo u obsequio, en efectivo o en especie, atención, hospitalidad, favor o servicio, cuyo valor supere los 75€ si procede de personas, físicas o jurídicas, vinculadas directa o indirectamente con la actividad pública o política del cargo. En cambio, están permitidos, siempre que no estén prohibidos por la ley, los que se correspondan con prácticas comerciales o signos de cortesía, normales y usuales, generalmente aceptados, tengan un valor económico simbólico o irrelevante y no se realicen con el ánimo de influir en la objetividad e independencia que debe de regir el desarrollo de sus actividades. En todo caso, si el colaborador entendiese que el regalo tiene como finalidad influir sobre el ejercicio de sus funciones, deberá rechazarlo, con independencia de su cuantía o valor.
Es deber de todo colaborador informar de lo dispuesto en el apartado anterior a cualquier tercero con el que se relacione, así como de la política para la prevención de la corrupción y el delito que establezcan las normas internas del Partido.
Cualquier obsequio, regalo o similar que no cumpla las condiciones anteriores del punto 5.11.1 deberá ser rechazado antes de ser recibido. En caso de que, por cualquier causa, no haya podido evitarse su recepción, deberá ser devuelto inmediatamente. En caso de que, por cualquier causa, no sea materialmente posible su devolución, se declarará y comunicará al Canal Ético.
En caso de cualquier duda, se deberá formular una consulta a través del Canal Ético. Cualquier comportamiento distinto a lo dispuesto en el punto 5.11.3. se entenderá un incumplimiento y será objeto de investigación, pudiendo derivarse medidas disciplinarias.
A fin de prevenir la corrupción, todo cargo electo o designado de CIUDADANOS que sea objeto de cualquier acto o tentativa de soborno, o corrupción, deberá comunicar los hechos mediante el Canal Ético del Partido indicando el supuesto corruptor, fecha, medio y propósito. Igualmente, deberá comunicar los hechos en el caso de haber rechazado el intento.
CIUDADANOS quiere recordar a todos sus colaboradores, y especialmente a sus cargos electos, que la mera promesa u ofrecimiento ya puede ser constitutiva de delitos. CIUDADANOS se compromete a formar a sus cargos para la prevención de conductas ilícitas.
Todos los colaboradores se comprometen a realizar, en el ejercicio de sus funciones, un uso eficiente, y conforme a los usos previstos, de los recursos del partido y de los de las Administraciones o instituciones en las que hayan sido designados o resultado cargos electos, basándose siempre en los principios de austeridad, economía y transparencia.
Todos los empleados y cargos deberán cumplir estrictamente las normas establecidas por el partido en la política, procedimiento o instrucción correspondiente a cada caso, y muy especialmente las emitidas a estos efectos por la Secretaría de Finanzas.
Todos los cargos electos y designados por CIUDADANOS deberán distinguir con claridad, a la hora de incurrir y posteriormente imputar sus gastos, sus actividades privadas de las actividades de partido y las actividades públicas, especialmente en los casos de desplazamientos, alojamientos, comunicaciones y manutención.
En aquellas situaciones en las que un cargo esté sujeto tanto a la normativa o instrucciones del Partido como a la de la entidad en la que se desempeña, deberá seguir y aplicar la más restrictiva. Las normas de CIUDADANOS no autorizan a incumplir las de las instituciones a las que pertenezcan sus cargos.
Cualquier duda de interpretación de las normas o cualquier incertidumbre ante posibles situaciones no reguladas, deberá ser consultada previamente, a su responsable orgánico o a la Secretaría de Finanzas, o, en su defecto, a través del Canal Ético.
Los colaboradores, aun cuando pudieran actuar dentro de los márgenes previstos por la normativa interna, deberán cuestionarse en conciencia la necesidad y justificación de incurrir en cualquier gasto y, en su defecto, las distintas alternativas para minimizarlo.
Cualquier comportamiento fraudulento, carente de justificación y/o soporte documental suficiente, o que incluso dentro de lo regulado pueda ser calificado de abusivo, podrá ser objeto de investigación de la que se deriven medidas disciplinarias e incluso legales si resultare oportuno.
Todos los colaboradores del partido:
Todos los afiliados deberán respetar y hacer cumplir los estatutos del partido y demás normas de desarrollo interno, vigentes en cada momento.
Los candidatos que concurren a las elecciones por CIUDADANOS deberán, adicionalmente:
Los cargos electos de CIUDADANOS deberán, adicionalmente:
Los colaboradores de CIUDADANOS deben buscar de manera eficiente y justa el camino para que los ciudadanos disfruten de las máximas cotas de libertad y de bienestar para que cada uno pueda aspirar a la felicidad que desee, en un contexto presidido por la solidaridad, en particular, con los más necesitados.
Los cargos electos de CIUDADANOS actuarán siempre con el máximo respeto hacia la institución en la que se desempeñan, con plena lealtad a las normas establecidas.
Los cargos electos y orgánicos de CIUDADANOS tienen la responsabilidad de presentar razonadamente sus propuestas, siendo sensibles a las interpelaciones que pongan en entredicho una determinada acción política. En todo caso, deberán seguir y aplicar las decisiones adoptadas por los órganos competentes del partido.
Deben orientarse al diálogo, guiándose siempre por el respeto y el cuidado en el uso del lenguaje, sin que la discrepancia ideológica pueda suponer un menoscabo de respeto a la persona, en particular, la de aquel disconforme.
Los colaboradores de CIUDADANOS deben respetar la vida privada, las creencias y los estilos de vida personales y no utilizar la esfera privada como argumento en el debate público.
Los cargos electos, así como cualquier persona vinculada a CIUDADANOS con responsabilidad ejecutiva en cualquier entidad pública, deben:
Los colaboradores de CIUDADANOS deben:
Los colaboradores de CIUDADANOS deben:
Los colaboradores de CIUDADANOS deben:
El Partido CIUDADANOS se habrá de ajustar, en los procesos de compras y de adjudicación de contratos, al Código de Conducta en Compras y al Procedimiento Interno de Compras, vigentes en cada momento, que garantizarán la transparencia y los compromisos del partido declarados en este Código Ético.
Con la finalidad de que se respete en todo momento la legislación vigente, el presente Código Ético y de Conducta, y demás normativa interna, así como de prevenir la comisión de cualquier incumplimiento legal incluido, cualquier tipo de delito, CIUDADANOS pone a disposición de todos sus colaboradores un Canal Ético, confidencial, que les permite:
De este modo:
Garantía de confidencialidad
Garantía de indemnidad
Garantía de derechos durante la investigación
En toda investigación se garantizarán los derechos a la intimidad, a la defensa, y a la presunción de inocencia de las personas investigadas y de las demás intervinientes en la actuación.
Comunicación al denunciado
El Gabinete de Cumplimiento comunicará, al denunciado, la apertura de la investigación. No obstante, en aquellos casos en los que exista un riesgo importante de que dicha notificación ponga en peligro la capacidad de investigar de manera eficaz o recopilar las pruebas, la comunicación al denunciado podrá retrasarse mientras exista dicho riesgo.
Derecho de defensa
El denunciado, una vez se le comunique la apertura o el desarrollo de la investigación, tiene derecho a ser oído, a defenderse, incluso con asistencia de profesional del derecho, y a aportar todos los documentos y demás pruebas que considere oportunas.
CIUDADANOS se compromete a tratar en todo momento los datos de carácter personal recibidos a través del Canal Ético de forma confidencial y de acuerdo con las finalidades previstas en este procedimiento y adoptará las medidas de índole técnica y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a los que están expuestos, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en la legislación sobre protección de datos de carácter personal.
CIUDADANOS empleará en cada formulario de recogida de datos aquellas leyendas exigidas por la ley para informar a los interesados claramente de las finalidades y usos del tratamiento de sus datos de carácter personal.
Las personas que efectúen una comunicación a través del Canal Ético de CIUDADANOS deberán garantizar que los datos personales proporcionados son verdaderos, exactos, completos y actualizados. En cualquier caso, los datos que sean objeto de tratamiento en el marco de las investigaciones serán cancelados tan pronto como éstas hayan finalizado, salvo que de las medidas adoptadas se deriven procedimientos administrativos o judiciales. Asimismo, CIUDADANOS conservará los mencionados datos debidamente bloqueados durante los plazos en los que de las denuncias de los colaboradores, o de las actuaciones llevadas a cabo por la Comisión de Garantías y Valores o por la Comisión de Régimen Disciplinario, pudieran derivarse responsabilidades.
El Gabinete de Cumplimiento es el órgano delegado del Consejo General que ejerce, con autonomía y sometimiento a los Estatutos y demás normativa interna del Partido, las funciones de velar por el cumplimiento del presente Código y demás legislación a la que están sometidos los sujetos que forman parte del ámbito subjetivo del Código.
El Gabinete de Cumplimiento tiene las siguientes facultades:
El Gabinete de Cumplimiento tendrá las siguientes responsabilidades en relación a la gestión del Canal Ético:
A los efectos de cumplir con sus funciones, el Gabinete de Cumplimiento podrá convocar las reuniones que estime oportunas y necesarias con los responsables de los órganos, organismos y entidades vinculadas o dependientes del partido y, en particular, de las Secretarías correspondientes.
El Gabinete de Cumplimiento, siempre que la legislación aplicable lo permita, tendrá acceso, de manera razonable, a la información y documentos del Partido que sean necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones.
La Comisión de Garantías y Valores del Partido CIUDADANOS es, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de los Estatutos, el órgano encargado de velar por el cumplimiento democrático y transparente del Partido y de garantizar los derechos de los afiliados. En tal condición, el Gabinete de Cumplimiento deberá cumplir lo resuelto por la Comisión en orden a la garantía de los derechos de los afiliados en caso de entender que han sido violentados con ocasión del ejercicio de las funciones que al Gabinete les corresponde. En los mismos términos, se planteará en relación con la garantía de los derechos de los demás colaboradores no afiliados a los que se extiende el ámbito de aplicación de este Código.
Si como consecuencia de sus investigaciones y demás actuaciones en ejercicio de sus funciones y facultades, el Gabinete de Cumplimiento apreciase cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de infracción en los términos del artículo 12 de los Estatutos del Partido dará traslado, a la Comisión de Régimen Disciplinario del artículo 30 de los Estatutos, de los resultados de la investigación y de la documentación correspondiente para que resuelva sobre la apertura del procedimiento sancionador.
Si la ilegalidad o, en general, el comportamiento contrario al presente Código fuese imputable a cualquier sujeto que, formando parte de su ámbito subjetivo, no revistiese la condición de afiliado, el Gabinete de Cumplimiento dará cuenta a la Comisión de Régimen Disciplinario para que resuelta lo que considere oportuno.
Los órganos de dirección del Partido dotarán al Gabinete de Cumplimiento de todos los medios y recursos necesarios para el desarrollo de sus actividades y el desempeño de sus funciones. Todos los colaboradores deben prestar el auxilio y la ayuda que les sea requerida por el Gabinete de Cumplimiento.
La interpretación del presente Código Ético corresponderá al Gabinete de Cumplimiento junto con la Comisión de Garantías y Valores. Sus criterios interpretativos deberán atender a Misión, Visión y Valores, así como a los Estatutos del partido y demás norma interna, siendo sus acuerdos vinculantes para todos los colaboradores.
Cualquier duda que pueda surgir a un colaborador del Partido sobre la interpretación del Código deberá consultarla a la Secretaría correspondiente según la materia o a su responsable territorial. Si las circunstancias lo requieren podrá dirigirse al Gabinete de Cumplimiento, mediante su delegado de Cumplimiento más próximo, o utilizar el Canal Ético del partido.
El incumplimiento o vulneración del presente Código Ético será sancionado según lo dispuesto en el Régimen Disciplinario establecido en los Estatutos del partido. En el caso de tratarse de cualquier otro sujeto no incluido en dicho régimen, la Comisión de Régimen disciplinario adoptará la resolución correspondiente, conforme a la normativa aplicable.
En el supuesto de que algún colaborador tenga conocimiento de actuaciones ilegales o contrarias, incluso de forma indiciaria, al presente Código, está obligado a denunciarlo a través del Canal Ético del partido, facilitando todos los datos relevantes que permitan llevar a cabo la investigación. El incumplimiento de la obligación será merecedor de la sanción disciplinaria correspondiente
La tramitación y el procedimiento de las denuncias se ajustarán a lo dispuesto en el Procedimiento de Gestión del Canal Ético. En caso de que la denuncia afecte a un miembro del Gabinete de Cumplimiento, éste no participará en su tramitación.
CIUDADANOS desarrollará las medidas necesarias, entre ellas un régimen disciplinario, para garantizar la eficaz aplicación del Código.
El Gabinete de Cumplimiento llevará a cabo las investigaciones oportunas e instruirá el procedimiento sancionador de conformidad con las normas aprobadas por el Consejo General, a propuesta del Comité Ejecutivo del Partido. A su vez, el Gabinete someterá a la consideración del Comité Ejecutivo el proyecto de normas.
Corresponde al Gabinete de Cumplimiento de CIUDADANOS promover la difusión y explicación del presente Código Ético entre todos los sujetos al mismo, garantizando que se encuentre siempre accesible. A tal fin, elaborará, aprobará y ejecutará planes y acciones de comunicación y formación a través de las secretarías correspondientes.
Todos los colaboradores firmarán, en el momento de establecerse su vinculación con el Partido y que se reiterará tantas veces como cambie dicha vinculación, una declaración de aceptación y adhesión al presente Código, según el formulario previsto en el Anexo I. La declaración se entenderá realizada sin condición de ningún tipo, expresión de la libre y voluntaria aceptación de la adhesión al partido y, por consiguiente, a todas las normas que lo regulan, en particular, el presente Código. El Gabinete de Cumplimiento recabará, por medio de la Dirección de RR.HH. en el caso de los empleados, y de las secretarías oportunas para el resto de colaboradores, la firma de la declaración.
De forma anual, el Gabinete de Cumplimiento realizará un informe sobre el grado de adhesión y cumplimiento del Código, que remitirá al Comité Ejecutivo y al Consejo General.
El presente Código Ético y de Conducta, junto con sus Anexos I (Documento de Adhesión) y II (Carta Ética), fue aprobado por el Consejo General, en su reunión del 1 de febrero de 2019, habiendo entrando en vigor el día de su publicación en la página Web del Partido..
El Código será revisado y actualizado periódicamente. El Consejo General, atendiendo al informe anual de evaluación elaborado por el Gabinete de Cumplimiento, así como a las sugerencias y propuestas de mejora que pueda recibir del Comité Ejecutivo o de la Comisión de Garantías y Valores, aprobará las modificaciones necesarias.
Cualquier revisión o actualización que suponga una modificación del Código, aun cuando venga exigida por la legislación nacional o de la Unión Europea, requerirá la aprobación por el Consejo General, previo informe del Gabinete de Cumplimiento.
Toda modificación será debidamente comunicada a los colaboradores y publicada en la página Web del Partido.
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